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Fase 0 avanzada: guía práctica de medidas para locales comerciales y establecimientos de restauración

19 de mayo de 2020

A partir de este lunes 18 de mayo, los comercios y locales de servicio de menos de 400 metros cuadrados de Barcelona pueden abrir sin necesidad de habilitar ningún sistema de cita previa. Es una de las novedades que conlleva la entrada de la ciudad a la nueva fase 0 avanzada, que también contempla la reapertura de comercios de más de 400 metros cuadrados de superficie útil de venta y exposición siempre que limite el espacio a menos de 400 metros cuadrados. En todos los casos, el nuevo estadio de la desescalada implica la limitación del aforo de los locales comerciales en un 30% de su capacidad.

La entrada en vigor de la fase 0 avanzada, incluye diversas acciones y medidas dirigidas al tejido comercial de proximidad, que modifican algunas de las acciones decretadas el pasado 4 de mayo, durante la fase 0. Con el objetivo de seguir caminando hacia el regreso a la nueva normalidad, el gobierno español ha aceptado la propuesta presentada conjuntamente por el Ayuntamiento de Barcelona y el Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya que pedía poder avanzar la ciudad a una fase intermedia entre la 0 y la 1. Tal como publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), Barcelona es en la fase 0 avanzada desde este 18 de mayo. Este hecho implica una serie de medidas pensadas para seguir aplicando en tiendas y locales de la ciudad. Podéis consultar un resumen de las medidas en formato visual, aquí.

¿Qué comercios pueden abrir durante la fase 0 avanzada?

Los criterios son similares a los que ya se aplicaban durante la fase 0, pero con nuevos matices. En primer lugar, a partir del 18 de mayo, pueden seguir abriendo al público todos los establecimientos y locales comerciales de menos de 400 metros cuadrados de superficie que tuvierón que bajar la persiana el pasado 14 de marzo, a raíz de la publicación del Real Decreto 463/2020, que declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria de la Covid-19. Esta medida no ha variado respecto de la fase 0. 

Como novedad, también pueden abrir los establecimientos y locales comerciales que tengan más de 400 metros cuadrados de superficie, si limitan el espacio de venta al público y de exposición a menos de 400 metros cuadrados y si tienen un acceso directo e independiente desde de la vía pública. Del mismo modo, pueden seguir con la persiana levantada aquellos establecimientos considerados de primera necesidad y que ya tenían la persiana levantada durante la fase dura del confinamiento.

La fase 0 avanzada también permite la apertura de los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería o viveros de plantas siempre que apliquen un sistema de cita previa, independientemente de cual sea su superficie útil de exposición y venta. Además, las administraciones de lotería también pueden retomar la actividad, excepto las que se encuentren dentro de un centro comercial.

Ahora bien, al igual que ocurría en la fase 0, aún no pueden levantar la persiana los comercios y servicios que formen parte de un centro comercial, a excepción de aquellos que cuenten con acceso directo e independiente desde el exterior.

¿Qué requisitos deben cumplirse para abrir durante la fase 0 avanzada?

Los comercios de Barcelona que reabran al público deben cumplir una serie de medidas, detalladas en el BOE por el gobierno español. Una de las principales novedades es que ya no es necesario que el comercio atienda la ciudadanía con un sistema de citas previas. Aún así, hay que reducir un 30% el aforo del local para garantizar en todo momento una distancia mínima de dos metros entre los clientes. Si esto no fuera posible, hay que regular la entrada al establecimiento para que sólo haya un cliente dentro del establecimiento. En caso de que el establecimiento tenga dos plantas o más, el aforo del 30% se debe tener en cuenta planta por planta.

Durante la fase 0 avanzada, se sigue permitiendo que los establecimientos abiertos puedan poner en marcha sistemas de recogida de productos en el mismo local. Sin embargo, es necesario que la tienda garantice las entregas de una forma escalonada para evitar aglomeraciones en el interior del local o los accesos. Igual que pasaba durante la fase 0, tampoco se permite crear ni utilizar ningún tipo de zona de espera en el interior del establecimiento.

Las tiendas también deben cumplir con un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años, que se ha de hacer coincidir con las franjas horarias que tiene este colectivo para hacer paseos y actividad física: de 10 a 12 del mañana y de 7 a 8 de la tarde.

Además, hay que tener en cuenta que, si se llevan a cabo acciones comerciales o de promoción, se deben tomar medidas para evitar las aglomeraciones.

Concretamente, ¿qué dice la fase 0 avanzada sobre la regulación de los aforos?

Como ya hemos explicado, la entrada a la fase 0 avanzada conlleva la necesidad de reducir un 30% el aforo de los locales comerciales y de servicios para garantizar en todo momento una distancia mínima de dos metros entre los clientes. Si esto no fuera posible, hay que regular la entrada al establecimiento para que sólo haya un cliente por establecimiento. En caso de que el establecimiento tenga dos plantas o más, el aforo del 30% se debe tener en cuenta planta por planta.

En esta fase, es obligatorio indicar el aforo máximo del local y de asegurar su cumplimiento en todo momento. También es obligatorio establecer sistemas de recuento y control del aforo, de forma que no se supere en ningún momento, incluyendo a los propios trabajadores. Además, con respecto a la circulación de personas dentro del local y la distribución de espacios, se modificarán con el objetivo de garantizar las distancias de seguridad interpersonal exigidas en cada momento por el Ministerio de Sanidad.

En el caso de aquellos establecimientos comerciales que dispongan de aparcamiento propio para empleados y clientes, si el acceso a las instalaciones no se puede regular de manera automática y sin contacto, es necesario aplicar un control manual y continuado por parte del personal de seguridad.

¿Qué medidas de higiene deben aplicar los comercios?

El comercio de proximidad tiene la obligación de aplicar diversas medidas de carácter higiénico para garantizar la seguridad sanitaria de la clientela y de su personal. En primer lugar, es necesario que realicen tareas de limpieza y desinfección global de las instalaciones al menos 2 veces al día.

Además, la tienda tiene que prestar una atención especial a las superficies de contacto más frecuentes para asegurar su constantemente su desinfección. Son ejemplos los pomos de las puertas, los mostradores, los muebles del local, los pasamanos, las máquinas dispensadoras, el suelo, los teléfonos, las perchas, los carros o las cestas, los grifos y otros elementos similares.

Una de las limpiezas se debe realizar obligatoriamente al finalizar el horario de apertura al público. Para llevar a cabo las diversas desinfecciones, se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía con cantidades 1:50 ó cualquiera de los desinfectantes comercializados y autorizados por el ministerio de sanidad que tengan un efecto viricida. Después de cada desinfección, el material que se haya usado se deben eliminar de forma segura y, posteriormente, lavarse las manos.

Para facilitar las tareas de limpieza, el BOE especifica que se podrá hacer una pausa a lo largo de la jornada -preferiblemente al mediodía- para dedicarse a las tareas de mantenimiento, limpieza y reposición. El nuevo horario deberá estar especificado en un lugar visible.

Si el establecimiento comercial tiene más de una persona trabajadora atendiendo al público, las medidas de limpieza también se deberán aplicar en las zonas privadas de personal como los vestuarios, las taquillas, los servicios, las cocinas y las áreas de descanso . Además, los uniformes y la ropa de trabajo se deben lavar entre 60 y 90 grados y deben ventilar correctamente los locales.

En cuanto al uso de los servicios, sólo pueden ser utilizados por el personal y no por la clientela. En caso de que sea una situación extraordinaria, es necesario que el servicio se desinfecte después de su uso. Las papeleras deben tener un soporte de activación por pedal y deben ser limpiadas frecuentemente: al menos, una vez al día.

Además, con respecto a los establecimientos comerciales que tengan ascensores o montacargas, debe limitarse el uso al mínimo imprescindible, estableciendo una ocupación máxima de una persona (excepto si se puede garantizar separación de 2 metros; o por aquellas personas que precisen asistencia).

¿Qué medidas de prevención de riesgo deben aplicar los comercios para proteger a su personal?

En primer lugar, el BOE recuerda que, tal como ya ocurría durante la fase 0, no pueden incorporarse a sus puestos de trabajo aquellos trabajadores que estén en aislamiento domiciliario por tener diagnosticada la Covid-19 o de alguno de los síntomas compatibles. Aquellos que no hayan tenido síntomas pero que estén en cuarentena por haber tenido contacto con una persona con indicios o diagnóstico de Covid-19 tampoco pueden reincorporarse.

El titular del negocio debe asegurarse de que todo el personal cuente con equipos de protección individual adecuados a sus tareas y proporcionarles geles hidroalcohólicos o agua y jabón. Si no se puede garantizar la distancia de dos metros durante la jornada, hay que facilitarles obligatoriamente mascarillas e información sobre el correcto uso de los equipos de protección.

El fichaje mediante huella digital debe sustituirse por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas. En caso de que no sea posible, es necesario desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso.

La disposición de los puestos de trabajo y la organización de los turnos debe adaptarse para garantizar siempre la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros entre trabajadores. La responsabilidad recae sobre el titular de la actividad económica o la persona a quien se deleguen estas funciones. La distancia de seguridad también se deberá cumplir los vestuarios, las taquillas y los servicios del personal.

¿Qué medidas de protección debe adoptar el comercio para proteger a los clientes?

Deben velar por que los clientes sólo estén al establecimiento el tiempo imprescindible para comprar o recibir el servicio. También hay que señalar de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo o carteles, por ejemplo.

Los establecimientos deben poner a disposición de la clientela dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad viricida autorizados por el Ministerio de Sanidad del gobierno español. Se deben colocar los accesos del local. Además, los establecimientos que tengan zonas de autoservicio, debe ser el trabajador del comercio quien manipule los productos. Del mismo modo, no se pueden poner a disposición de los clientes productos de prueba.

En cuanto al comercio dedicado a la venta de prendas de ropa o similares, el establecimiento debe implementar medidas para que la pieza sea higienizada antes de ser facilitada a los clientes. Los probadores deberán utilizarse sólo para una persona y deberán ser desinfectados y limpiados después de cada uso.

En el caso de la hostelería y la restauración, ¿qué efectos tiene la fase 0 avanzada?

La entrada de Barcelona en la fase 0 avanzada no conlleva ningún cambio para la restauración. Así, siguen vigentes las condiciones que ya se aplicaban durante la fase 0. Pueden abrir siquiera para ofrecer servicios de entrega a domicilio o de recogida de pedidos, cogiendo el encargo previamente por teléfono, en línea o desde un vehículo . Para la recogida, hay que establecer una franja horaria para evitar aglomeraciones alrededor del establecimiento. Recuerde que sólo se pueden abrir durante el horario de recogida de pedidos y que está prohibido permitir el consumo en el interior de los establecimientos.

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