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Se abre la 2ª convocatoria de las Ayudas Next Generation en el ámbito de actividades y asociaciones de comercio

21 de junio de 2023

  • Subvenciones en el ámbito de las actividades de comercio al por menor, y de las asociaciones y entidades de comercio - NextGenerationEU.
  • La convocatoria se abre a las 9:00 horas del día 20 de junio de 2023 y termina a las 14:00 horas del día 19 de julio de 2023.

Esta línea de subvenciones tiene por objeto impulsar la competitividad y la modernización a través de la transformación digital y sostenible de las pequeñas y medianas empresas de comercio y de las asociaciones y entidades de comercio.

Estas subvenciones se financian mediante recursos derivados del instrumento europeo de recuperación NextGenerationEU, mediante el Mecanismo de recuperación y resiliencia que establece el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero.

De acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/241, el Gobierno del Estado aprobó, el 27 de abril de 2021, el Plan de recuperación, transformación y resiliencia, que recoge 110 inversiones y 102 reformas, con un horizonte temporal hasta el 2026, dividido en cuatro ejes de transformación: la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial, y la igualdad de género. Asimismo, el Plan se divide en 10 políticas tractoras que recogen 30 componentes. Estas subvenciones se enmarcan dentro del Componente 13 “Impulso a la PYME” del Plan.

Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones: 

  • Las personas profesionales autónomas dadas de alta en el régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, titulares de un establecimiento de comercio al por menor.
  • Las pequeñas y medianas empresas titulares de un establecimiento de comercio al por menor, dadas de alta en el censo del impuesto de actividades económicas.
  • Las entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales de comercio sin ánimo de lucro y las asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.

En el ámbito de las empresas de comercio, la persona beneficiaria debe tener como mínimo un establecimiento a pie de calle en Cataluña.

Quedan excluidas explícitamente las empresas fabricantes y mayoristas que no realizan venta al por menor. 

Además, sólo podrán ser beneficiarias las empresas incluidas en la categoría de pyme, es decir, pequeñas y medianas empresas (incluidas también las empresas de menos de 10 trabajadores).

Actuaciones y gastos subvencionables

Serán subvencionables las siguientes actuaciones: 

En el ámbito de las empresas de comercio: 

  • Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial online y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra, por ejemplo, la mejora de la atención, relación y conocimiento de la clientela, gastos relacionadas con implementación de soluciones de ciberseguridad o por el desarrollo de aplicaciones informáticas.  
  • Gastos referidos a la transformación del punto de venta, como la digitalización de la gestión del comercio, la transformación digital del comercio no sedentario o la adquisición de mobiliario tecnológico y herramientas tecnológicas para el establecimiento físico.  
  • Gastos relativos a la sostenibilidad y la economía circular como la adopción de nuevas tecnologías para disminuir los costes y el impacto ambiental o la instalación de sistemas digitalizados de puntos de recogida. 

El programa contempla la contratación de servicios de asesoramiento tecnológico efectuado por personas acreditadas mediante el sello de asesores y asesoras tecnológicas del CCAM. Puede encontrar más información sobre las personas asesoras aquí.

En el ámbito de las entidades y asociaciones de comercio: 

  • Mejora de la atención, relación y conocimiento de las personas consumidoras y su fidelización. 
  • Inversión en canales digitales de las asociaciones.  
  • Publicidad y comunicación en medios o soportes digitales. 
  • Métricas y análisis de mercado. 
  • Soluciones de ciberseguridad a nivel asociativo. 
  • Adquisición de mobiliario y herramientas tecnológicas. 
  • Formación destinada a mejorar el uso y gestión de herramientas tecnológicas en el comercio, marketing digital, técnicas de fidelización y explotación y análisis de datos vinculados a la venta online.  

Cuantía

La ayuda otorgada tiene el carácter de importe máximo y consistirá en una aportación única por beneficiario de hasta el 80% de los gastos subvencionables con un máximo de 75.000 euros.  

La inversión mínima es de 2.000 euros.

Procedimiento de solicitud y documentación

Las solicitudes deben presentarse según el modelo normalizado que está a disposición de las personas interesadas en la sede corporativa de Canal Empresa de la Generalitat de Catalunya, en la página web del Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya o en la página web del Departamento de Empresa y Trabajo.

Las solicitudes se presentarán por medios telemáticos, acompañadas de la documentación prevista en estas bases, si procede, a través del Canal Empresa.

Presupuesto: El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones asciende a 7.652.906,90 euros | Plazo: El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación y anexos, comienza a las 9:00 horas del día 20 de junio de 2023 y termina a las 14:00 horas del día 19 de julio de 2023.

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