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Se aprueba el calendario de festivos con apertura comercial autorizada para el 2022 y 2023

4 de junio de 2021

  • El Departamento de Empresa y Trabajo establece, mediante Orden del Consejero, 8 de los 10 festivos de apertura comercial autorizada, que en el año 2022 serán los días 2 y 9 de enero, 6 y 26 de junio, 15 de agosto, y 6, 8 y 18 de diciembre.
  • Los ayuntamientos deben fijar los dos días restantes; en caso de no hacerlo el calendario se completará con los días 27 de noviembre y 11 de diciembre.
  • En 2023 los comercios podrán abrir los días 8 de enero, 25 de junio, 12 de octubre, 26 de noviembre, y 6, 8, 17 y 24 de diciembre.
  • Los días 3 y 10 de diciembre serán las fechas supletorias para completar los 10 días del calendario de festivos del año 2023.
  • El DOGC ha publicado hoy los calendarios de festivos autorizados para los dos próximos años de acuerdo con la propuesta del Consejo Asesor de la Generalidad en materia de Comercio, que integra las principales entidades y asociaciones del sector, organizaciones empresariales, sindicatos, cámaras, entidades municipalistas, asociaciones de consumidores, y expertos.

El Departamento de Empresa y Trabajo, a propuesta del Consejo Asesor de la Generalidad en materia de Comercio, ha acordado el calendario de festivos con apertura comercial autorizada para el 2022 y para el 2023. El órgano asesor en materia de comercio -que cuenta con representantes de las principales entidades y asociaciones del sector, organizaciones empresariales, entidades municipalistas, sindicatos, Cámaras, asociaciones de consumidores, y expertos-propone ocho de los diez festivos de apertura comercial autorizada de los previstos legalmente a la normativa catalana, que aprueba el Consejero, mediante la correspondiente Orden.

De acuerdo también con la normativa que regula los horarios comerciales, los ayuntamientos pueden modificar hasta dos de los ocho festivos aprobados, y deben añadir dos días festivos más al calendario comercial -hasta completar los deberes, en función del máximo aprovechamiento comercial y de acuerdo con los comerciantes.

El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) ha publicado los calendarios de festivos comerciales de apertura para los próximos dos años.

En 2022 los ocho festivos de apertura comercial autorizada acordados serán:

  • 2 de enero
  • 9 de enero
  • 6 de junio
  • 26 de junio
  • 15 de agosto
  • 6 de diciembre
  • 8 de diciembre
  • 18 de diciembre

En caso de que los consistorios no designen las dos fechas restantes, el calendario se completará con el 27 de noviembre y el 11 de diciembre.

Por su parte, en 2023 los comercios podrán abrir los siguientes festivos:

  • 8 de enero
  • 25 de junio
  • 12 de octubre
  • 26 de noviembre
  • 6 de diciembre
  • 8 de diciembre
  • 17 de desembre
  • 24 de diciembre

Como fechas alternativas a los dos festivos acordados desde el ámbito municipal se proponen el 3 y el 10 de diciembre.

Els ajuntaments poden substituir fins a dues dates dels vuit festius que integren el calendari general. Així mateix, els consistoris han d’afegir dues dates addicionals per a assolir el total de deu festius. En cas de no fer-ho, seran d’aplicació les dates alternatives indicades.

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