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Tramo 1 de la desescalada: la restauración puede reabrir, pero con limitación de aforos y horarios

30 de noviembre de 2020

Este 21 de noviembre, la Generalitat de Cataluña ha publicado en el DOGC la resolución SLT / 2983/2020, que modifica algunas de las medidas y restricciones para los servicios de restauración y prorroga las que afectaban al comercio minorista. Concretamente, permite retomar el consumo en las terrazas y espacios interiores de los establecimientos de restauración, con sujeción a determinadas condiciones para garantizar la distancia social adecuada, como un horario reducido y un aforo limitado. Te lo contamos.

Se retoma el consumo en los establecimientos de restauración

La nueva resolución permite retomar el consumo en los establecimientos de restauración. Aún así, hay que tener en cuenta los siguientes requisitos:

  • En cuanto a los horarios de apertura, los establecimientos de restauración pueden ofrecer servicio de consumo en el establecimiento entre las 06:00 horas y las 21:30 horas. Asimismo, se permite la recogida de comida en los establecimientos entre las 06.00 horas y las 22.00 horas. En el caso de la actividad de prestación de servicios de restauración a domicilio, ésta se puede ofrecer en la franja comprendida entre las 06.00 horas y las 23.00 horas.
  • En cuanto a los aforos, debe ser del 30% en espacios interiores, que deben estar siempre bien ventilados. En el caso de las terrazas, es del 100%.
  • La distancia de seguridad interpersonal debe estar debidamente señalizada. Debe ser de dos metros entre comensales de mesas o grupos de tablas diferentes y de un metro entre comensales de la misma mesa.
  • Com a màxim, es permeten quatre comensals per taula o grup, llevat que siguin convivents.

El comercio minorista, aunque con el aforo al 30%

La nueva resolución especifica también que todo el resto de medidas y restricciones para el comercio minorista y la restauración en vigor desde el 30 de octubre, se prorrogan de nuevo. Así, la apertura al público de los establecimientos y locales comerciales minoristas sigue quedando condicionada al cumplimiento de los requisitos siguientes:

  • Deben tener una superficie de venta igual o inferior a 800 m2.
  • Pueden abrir sólo entre las 06.00 horas y las 21.00 horas.
  • Deben reducir al 30% el aforo permitido por licencia o autorización de la actividad.
  • En el caso de establecimientos y locales comerciales con una superficie de venta de más de 800 m2, deben acotar el espacio de apertura al público a dicha superficie, y han de reducir al 30% del aforo total permitido por licencia o autorización de la actividad que corresponda a esta superficie.
  • Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, de bebidas, de productos higiénicos y otros de primera necesidad, los servicios esenciales, las farmacias, las ortopedias, las ópticas, los centros de veterinaria, los concesionarios de automóvil y los centros de jardinería pueden permanecer abiertos sea cual sea su superficie.
  • Se suspende la apertura al público de los centros comerciales y recintos comerciales. Los establecimientos y locales comerciales que se encuentren dentro de los centros comerciales o recintos comerciales y estén dedicados exclusivamente a la venta de productos de alimentación, de bebidas, de productos higiénicos, otros productos de primera necesidad, farmacias, ortopedias, ópticas, establecimientos dedicados a productos de telecomunicaciones, servicios de peluquería y de estética, centros de veterinaria y equipamientos culturales y deportivos pueden permanecer abiertos.
  • También pueden abrir al público aquellos establecimientos comerciales que se encuentren dentro de los centros o recintos comerciales y que cuenten con acceso directo e independiente desde la vía pública, con un aforo máximo del 30%.
  • Todos los establecimientos deben aplicar de manera rigurosa las medidas higiénicas, de prevención y de seguridad para hacer frente a la Covidien-19 establecidas en el Plan sectorial de comercio, aprobado por los órganos de Gobierno del Plan de actuación del PROCICAT.

Un plan de desescalada con 4 tramos

El plan de desescalada presentado el jueves 19 de noviembre por el gobierno de la Generalitat tras la aprobación del Procicat, se empieza a aplicar el lunes 23 de noviembre y se revisará cada 15 días. El plan tiene 4 tramos progresivos y, en función de la evolución de la pandemia, se irá avanzando, prorrogando o revisando. Los parámetros que se tendrán en cuenta para avanzar o no en la desescalada han reducido a 2: la velocidad de transmisión, o Rt, y los ingresos hospitalarios semanales. El plan se puede consultar aquí.

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